Traveling Face

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS TURÍSTICOS

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS TURÍSTICOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE TRAVELING FACE A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA AGENCIA”, Y POR LA OTRA EL________A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL CLIENTE”, A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO “LAS PARTES”.

C L Á U S U L A S

PRIMERA. CONSENTIMIENTO.- Las partes de común acuerdo manifiestan su voluntad para celebrar el presente Contrato cuya naturaleza jurídica es la mediación para la prestación de servicios turísticos.

SEGUNDA. OBJETO.- El objeto del presente Contrato es que La agencia intermedie, contrate u ofrezca la prestación de Servicios turísticos, los cuales se detallan en el Anexo de este Contrato, previo pago de El cliente de un precio cierto y determinado.

TERCERA. PRECIO DEL SERVICIO.- Las partes manifiestan su conformidad en que el precio total a pagar por El cliente como contraprestación del Servicio turístico, es la cantidad que por cada concepto se indica en el Anexo de este Contrato.

El importe señalado en el Anexo, contempla todas las cantidades y conceptos referentes al Servicio turístico, por lo que La agencia se obliga a respetar en todo momento dicho costo sin poder cobrar otra cantidad o condicionar la prestación del Servicio turístico contratado a la adquisición de otro servicio no requerido por El cliente, salvo que El cliente autorice de manera escrita algún otro cobro no estipulado en el presente Contrato.

CUARTA. FORMA Y LUGAR DE PAGO.- El cliente efectuará el pago pactado por el Servicio turístico señalado en el Anexo del presente Contrato en los términos y condiciones acordadas pudiendo ser:

  1. a) Al contado: en efectivo, con tarjeta de débito, tarjeta de crédito, transferencia bancaria, y/o cheque en el domicilio de La agencia en moneda nacional, sin menoscabo de poderlo hacer en moneda extranjera al tipo de cambio publicado en el Diario Oficial de la Federación al día en que el pago se efectúe.
  2. b) A plazos: El cliente podrá, previo acuerdo con La agencia a pagar en parcialidades, para lo cual, La agencia deberá de entregar a El cliente la información por escrito de las fechas, así como los montos parciales a pagar.
  3. c) En caso de que El cliente realice el pago con cheque y no se cubra el pago por causas imputables al librador, La agencia tendrá el derecho de realizar el cobro adicional del 20% (veinte por ciento) del valor del documento, por concepto de daños y perjuicios, en caso de que el cheque sea devuelto por causas imputables al librador, conforme al artículo 193 de la Ley General del Títulos y Operaciones de Crédito.

En cualquier caso, La agencia se obliga a emitir y entregar El cliente la factura correspondiente, nota de consumo o documento fiscal que ampare los cobros realizados por la prestación del Servicio turístico proporcionado conforme a la legislación correspondiente.

 

QUINTA. OBLIGACIONES DE LAS PARTES.-

LA AGENCIA SE OBLIGA A:

  1. a) Cumplir con lo establecido en el presente Contrato.
  2. b) Entregar a El cliente copia del presente Contrato o la constancia correspondiente que haya celebrado con quien le prestará el Servicio turístico a El cliente, el cual deberá de contener el sello y membrete de La agencia con los datos de identificación.
  3. c) Cuando realice reservaciones de hotel, auto u otros servicios, deberá entregar a El cliente la constancia de la reservación y el número o clave que le haya sido proporcionada por el prestador de servicios final.
  4. d) Proporcionar la información necesaria que sea solicitada por El cliente, en relación con el presente Contrato y los Servicios turísticos.
  5. e) Solicitar los Servicios turísticos que se especifican en el Anexo de este Contrato por cuenta de El cliente de acuerdo a la disponibilidad de los mismos, a contratarlos fungiendo como intermediario entre éste y las personas encargadas de proporcionar directamente el Servicio turístico.
  6. f) Entregar a El cliente los boletos de avión, boletos de autobús, trenes o ferrocarriles, arrendamiento de autos, barcos o cruceros (cuando sean proporcionados por la empresa transportista), o en su caso le indicará a El cliente el lugar donde podrá recoger los boletos.
  7. g) Auxiliar a El cliente a conseguir los servicios que solucionen su emergencia o, en su caso el traslado de regreso cuando el Servicio turístico no sea prestado conforme a lo pactado en el presente Contrato y conforme a lo ofrecido.
  8. h) Coadyuvar a El cliente para reclamar ante el prestador del servicio final, las indemnizaciones que correspondan.
  9. i) A indemnizar a El cliente en caso de que el Servicio turístico no sea prestado por causa imputables a La agencia, para lo cual deberá de reintegrarle las cantidades que El cliente haya pagado, así como también deberá de hacer el pago del traslado correspondiente más el pago de la pena convencional señalada en el presente contrato del monto total del servicio no prestado, o en su caso a elección de El cliente, deberá conseguirle de forma inmediata los servicios con las mismas especificaciones a las pactadas en el presente Contrato más el pago de la pena convencional.

EL CLIENTE SE OBLIGA A:

  1. a) Cumplir con lo establecido en el presente Contrato.
  2. b) Proporcionar a La agencia datos veraces y correctos sobre su edad, sexo, nombre o apellido y en su caso, los datos de las personas que lo acompañen. Los datos e información deberán proporcionarse de manera completa para la formación del itinerario y la reservación de servicios terrestres y aéreos (hoteles, visitas, autos de alquiler, camión, avión, restaurantes).
  3. c) Hacer los pagos conforme a lo pactado en el presente Contrato.
  4. d) Respetar los reglamentos, reglas o condiciones establecidas por cada uno de los prestadores del Servicio turístico contratados por intermediación de La agencia.
  5. e) Entregar de manera oportuna los documentos solicitados por La agencia y que sean necesarios para la prestación del servicio, como pueden ser: pasaporte visa, permisos, cartillas de vacunación, etc.

SEXTA. VIGENCIA.- La vigencia del presente Contrato será por tiempo indeterminado mientras se preste el Servicio turístico y las obligaciones de pago se hayan cubierto, tiempo en que el presente Contrato surtirá todos sus efectos legales.

SÉPTIMA. CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR.- Se entiende por caso fortuito o causa de fuerza mayor, aquellos hechos o acontecimientos ajenos a la voluntad de Las partes, siempre y cuando, dichos hechos o acontecimientos sean imprevisibles, irresistibles, insuperables, actuales y no provengan de alguna negligencia o provocación de alguna de Las partes. No aplicará como caso fortuito enfermedades de ningún tipo que pudiesen presentar alguna de Las partes.

Cuando el Servicio turístico no sea prestado por caso fortuito o fuerza mayor, El cliente tendrá derecho a la devolución total de los pagos realizados. En caso de que el Servicio turístico se haya prestado parcialmente, El cliente solo tendrá derecho a que se le reembolse la parte proporcional del Servicio prestado, para lo cual, el reembolso no podrá ser menor a la tercera parte del costo total del Servicio turístico.

Las partes convienen en que si por causa de fuerza mayor o caso fortuito, los prestadores de los servicios contratados no pudieran proporcionarlos parcial o totalmente, La agencia solo gestionará por cuenta de El cliente el reembolso del importe que proceda, quedando relevada de cualquier responsabilidad o compromiso.

OCTAVA. CAMBIOS DE ORDEN DE LOS SERVICIOS CON AUTORIZACIÓN DE EL CLIENTE- La agencia podrá modificar el orden de los Servicios turísticos indicados en el presente Contrato, para un mejor desarrollo de los mismos o por las causas que así lo justifiquen, siempre y cuando respete la cantidad y calidad de los Servicios turísticos que se hayan contratado. Este será con la autorización por escrito de El cliente, sea cual fuese la causa, misma que deberá ser comprobada.

El cliente no podrá hacer cambios de fechas, rutas, ni servicios, sin previa autorización de La agencia, en caso de que dichos cambios tengan un costo, éste será indicado en el Anexo del presente Contrato.

NOVENA. CANCELACIÓN.- El cliente cuenta con un plazo de 5 (cinco) días hábiles posteriores a la firma del presente Contrato para cancelar la operación sin responsabilidad y penalización alguna de su parte, en cuyo caso La agencia se obliga a reintegrar todas las cantidades que “El cliente le haya entregado, en un plazo de 5 (cinco) días naturales posteriores a la solicitud de cancelación.

Las cancelaciones deberán solicitarse por escrito en el domicilio señalado en el presente Contrato o bien, por correo registrado o certificado, tomando como fecha de revocación la de recepción para su envío. La cancelación aplica siempre y cuando el Servicio de hospedaje no se haya prestado a El cliente.

La agencia dará contestación en un lapso de 48 (cuarenta y ocho) horas a partir de recibida la cancelación en días hábiles, y a falta de respuesta se entenderá que la cancelación fue aceptada.

DÉCIMA. CAUSAS DE RESCISIÓN.- son causas de rescisión:

  1. a) Que alguna de Las partes no cumpla con lo estipulado en el presente Contrato.
  2. b) Si el Servicio prestado no corresponde con lo pactado y/o solicitado por El cliente.

En caso de rescisión del presente Contrato, la parte que incumpla deberá de pagar lo correspondiente a la pena convencional.

DÉCIMA PRIMERA. PENA CONVENCIONAL.- En caso de incumplimiento por alguna de Las partes a las obligaciones objeto del presente Contrato, la Parte que incumpla se hará acreedora a la pena convencional equivalente al 20 % (veinte por ciento) del precio total del Servicio turístico sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Esta sanción se estipula por el simple retraso en el cumplimiento de las obligaciones y que la prestación del Servicio turístico no sea prestada conforme a lo establecido en el presente Contrato, sin perjuicio del derecho que tienen Las partes de optar entre exigir el cumplimiento del Contrato o rescindirlo. En caso de incumplir La agencia, independientemente de lo anterior deberá cubrir lo establecido en la cláusula Novena.

Las partes en caso de que requieran el pago de la Pena convencional por cualquiera de los supuestos señalados en la Cláusula décima, deberán de solicitar por escrito en el domicilio de la parte que incumplió, el pago de dichas penas, debiendo hacer el pago la parte que incumplió en los 5 (cinco) días hábiles siguientes de haber recibido dicha solicitud.

DÉCIMA SEGUNDA. RESERVACIONES Y PAGOS.- Toda reservación requiere de un depósito que indicará La agencia, el cual deberá de ser pagado en Moneda Nacional, sin menoscabo de poderlo hacer en moneda extranjera al tipo de cambio publicado en el Diario Oficial de la Federación al día en que el pago se efectúe, lo anterior para garantizar el espacio aéreo y solicitar servicios terrestres; una vez confirmados todos los servicios deberá ser cubierto el pago final total por El cliente.

DÉCIMA TERCERA. AVISO DE PRIVACIDAD.- Previo a la firma del presente Contrato y en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, La agencia hizo del conocimiento a El turista del aviso de privacidad, el cual se encuentra en _______________, así como del procedimiento para ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de sus datos personales (en adelante, derechos “ARCO”).

DÉCIMA CUARTA. CONTRATACIÓN POR MEDIOS ELECTRÓNICOS.- Las partes acuerdan que en lugar de una firma original autógrafa, este contrato, así como cualquier consentimiento, aprobación u otros documentos relacionados con el mismo, podrán ser firmados por medio del uso de firmas electrónicas, digitales, numéricas, alfanuméricas, huellas de voz, biométricas o de cualquier otra forma y que dichos medios alternativos de firma y los registros en donde sean aplicadas dichas firmas, serán consideradas para todos los efectos, incluyendo pero no limitado a la legislación civil, mercantil, protección al consumidor y a la NOM-151-SCFI-2016, con la misma fuerza y consecuencias que la firma autógrafa original física de la parte firmante. Si el contrato o cualquier otro documento relacionado con el mismo es firmado por medios electrónicos o digitales, las Partes acuerdan que los formatos del contrato y los demás documentos firmados de tal modo serán conservados y estarán a disposición del consumidor, por lo que convienen que cada una y toda la información enviada por el Proveedor a la dirección de correo electrónico proporcionada por el Consumidor al momento de celebrar el presente Contrato será considerada como entregada en el momento en que la misma es enviada, siempre y cuando exista confirmación de recepción.

DÉCIMA QUINTA. JURISDICCIÓN.- Para todo lo relativo a la interpretación, aplicación y cumplimiento del presente Contrato, “Las partes” acuerdan someterse en la vía administrativa a la Procuraduría Federal del Consumidor, y en caso de subsistir diferencias, a la jurisdicción de los tribunales competentes del lugar donde se celebra este Contrato.

 

Última actualización

12-08-2023

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